sábado, 8 de noviembre de 2008

¿Presidencialismo o parlamentarismo?






Al analizar la pertinencia de un régimen parlamentario en Nicaragua debe tenerse en cuenta que no es el diseño de las instituciones por sí mismo lo que garantiza la democracia o la eficiencia del Estado en el desempeño de sus funciones; hay una multiplicidad de factores, muchos de ellos meta jurídicos, que se conjugan para dar el resultado final.

En el sistema presidencialista el Jefe del Poder Ejecutivo concreta una importantísima cuota de poder en tanto ejerce el control directo del aparato burocrático, las fuerzas armadas y la administración del Presupuesto de la República. Por sus atribuciones constitucionales está llamado a ejercer el liderazgo de la nación.

La pregunta es: contribuiría el régimen parlamentario al fortalecimiento de la democracia en Nicaragua? El parlamentarismo hasta ahora no se ha establecido en ningún país de América Latina hispana, aunque sí funciona en algunos países que fueron colonia inglesa, como Jamaica y Belice.

En dicho sistema los miembros del Ejecutivo, son a su vez miembros del Poder Legislativo de cuyo seno son escogidos de acuerdo a la voluntad del partido o alianza que obtiene mayoría en el Parlamento, dando lugar a la dependencia política del Parlamento, por lo que si éste le niega un voto de confianza, el Ejecutivo lo obliga a dimitir.

Quienes defienden el sistema parlamentario alegan que éste tiene, entre otras, la ventaja de lograr la armonía plena entre los Poderes del Estado, una mayor responsabilidad de los funcionarios del Ejecutivo que se encuentran supervisados permanentemente por el Parlamento. Hay flexibilidad, dicen, ya que permite destituir a quien ejerce el cargo de como Primer Ministro, si no lo hace con responsabilidad o eficiencia.

Pero la experiencia histórica también ha revelado considerables desventajas del sistema parlamentario, deformaciones que en otras circunstancias se han presentado de forma recurrente en nuestra trágica historia política.

En la práctica se produce una fusión entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo, lo cual rompe con el principio de la división de poderes, asimismo el aparato estatal adquiere un fuerte carácter partidista y posibilita una alta concentración de poder en el Gabinete el que de hecho le quita iniciativa legislativa al Parlamento. La dependencia política del Gabinete respecto al Parlamento, lo coloca en una situación de permanente subordinación a la aritmética parlamentaria.

El simple señalamiento de las desventajas que ha mostrado este sistema en otras latitudes, hacen surgir profundas dudas sobre su conveniencia para nuestro país. Y uno no deja de preguntarse si quienes han lanzado la idea, se ven a sí mismos dirigiendo los destinos del país desde sus curules.

No hay comentarios: